REGLAMENTO ESCOLAR
COLEGIO BRITÁNICO TARIJA
CAPÍTULO II
COMUNIDAD ESCOLAR
SECCIÓN I
ESTUDIANTES
ARTÍCULO 7°. (NOCIÓN).
Para ser admitido como estudiante del Colegio, es necesario cumplir con los requisitos previstos en la normativa educativa, en la normativa interna y/o en el contrato de prestación de servicios educativos.
ARTÍCULO 8°. (DERECHOS).
Los estudiantes del Colegio tienen los siguientes derechos:
1) Recibir una formación escolarizada completa, que integre valores humanos, habilidades socioemocionales y una sólida preparación académica, impartida por docentes capacitados y comprometidos con el desarrollo integral, apoyándose en programas certificados y metodologías activas.
2) Estudiar en un entorno donde se les respete y valore como individuos, garantizando su seguridad física, psicológica, emocional y espiritual.
3) Recibir un trato justo y respetuoso, sin discriminación por motivos de raza, cultura, género, sexo, idioma, religión, doctrina política, situación socioeconómica u otras características personales, por parte de compañeros, docentes, personal administrativo y directivo.
4) Participar en todas las actividades escolares organizadas por el Colegio.
5) Elegir y ser elegidos para cargos en las mesas directivas de curso y otras instancias de participación estudiantil, si las hubiera.
6) Recibir apoyo y orientación personalizada para promover su bienestar emocional y social dentro del entorno escolar, dentro del ámbito de competencias de una unidad educativa.
7) Hacer uso de las instalaciones, mobiliario y materiales proporcionados por el Colegio exclusivamente para los fines educativos para los que han sido brindados, asegurando su uso adecuado y responsable.
8) Participar de eventos científicos, culturales, artísticos y deportivos organizados por el Colegio y/o en representación del mismo, de acuerdo con la normativa y/o directrices internas.
9) Ser evaluados de acuerdo con la normativa vigente y solicitar la revisión de exámenes y trabajos prácticos, así como apelar ante la autoridad competente en caso de considerar que ha habido un error o injusticia en la evaluación.
10) Solicitar licencias de salida o inasistencia por causas justificadas y comprobadas.
11) Solicitar la reprogramación de evaluaciones o presentaciones de tareas, trabajos, etc., siempre y cuando se tenga una licencia autorizada.
12) Denunciar cualquier amenaza o incumplimiento de sus derechos establecidos en el presente Reglamento, con la garantía de que se les dará un tratamiento justo y adecuado conforme a los procedimientos establecidos.
13) Participar en el régimen de estímulos individuales y colectivos, ser reconocidos por sus logros y conductas positivas, y acceder a becas según las disposiciones vigentes del Colegio.
14) Recibir atención adecuada y oportuna en caso de presentar necesidades educativas especiales, siempre que estas estén justificadas y debidamente documentadas, conforme al Protocolo de atención a necesidades educativas especiales del Colegio.
ARTÍCULO 9°. (DEBERES).
Los estudiantes del Colegio tienen los siguientes deberes:
1) Conocer y respetar los derechos, deberes y prohibiciones establecidas en el presente Reglamento; el Reglamento de convivencia armónica y pacífica; el Protocolo de atención a situaciones contrarias a las normas generales de convivencia escolar; el Reglamento interno de uso y acceso al sistema de seguridad y videovigilancia del Colegio; circulares, comunicados e instructivos emitidos por las autoridades escolares y demás normativa interna.
2) Asistir puntual y regularmente a clases y actividades programadas, de acuerdo con los horarios y fechas establecidos al efecto.
3) Informar, por sí o por intermedio de sus padres o apoderados legales, sobre sus ausencias previstas o imprevistas, siguiendo los procedimientos y canales establecidos por la institución.
4) Cumplir con responsabilidad y dedicación todas las obligaciones escolares asignadas por los docentes y autoridades del Colegio.
5) Participar activamente y con compromiso en todas las actividades formativas y recreativas organizadas por el Colegio o a las que asista en su representación.
6) Respetar y tratar con educación a personal directivo, compañeros, docentes, personal administrativo y de servicio del Colegio, manteniendo un trato fraterno y evitando cualquier forma de discriminación, acoso o violencia.
7) Cuidar los ambientes, equipos, mobiliario y demás instalaciones del Colegio, haciendo uso adecuado de los recursos disponibles y evitando causar daño, deterioro o pérdida de los mismos.
8) Utilizar el uniforme escolar de manera adecuada y presentarse con una apariencia personal limpia y ordenada, evitando accesorios suntuosos o exagerados que no sean autorizados por el Colegio.
9) Cooperar con el mantenimiento del orden en la clase y la buena disciplina dentro y fuera del Colegio, evitando conductas que interrumpan el aprendizaje propio y el de los demás.
10) Actuar conforme a los principios de solidaridad, respeto, justicia y paz, valorando la diversidad cultural y promoviendo una convivencia pacífica y armoniosa en la comunidad escolar.
11) Actuar responsablemente en el manejo y cuidado de sus pertenencias personales y las de sus compañeros.
12) Practicar hábitos de inclusión y tolerancia con sus compañeros con necesidades educativas especiales, respetando sus derechos en procura de su integración en todas las actividades escolares.
ARTÍCULO 10°. (PROHIBICIONES).
Los estudiantes del Colegio tienen las siguientes prohibiciones:
1) Realizar actos que atenten contra la seguridad, dignidad, reputación, imagen y bienestar de los miembros de la comunidad escolar.
2) Invadir la privacidad y/o hacer uso indebido del internet y las redes sociales, afectando la moral o autoestima de sus compañeros, docentes y personal del Colegio, incluyendo actos de cyberacoso o cyberbullying.
3) Permanecer en el aula, pasillos o áreas no autorizadas durante los recreos, momentos de almuerzo o después de la hora de salida del Colegio.
4) Transitar u ocupar salas, oficinas u otros ambientes del Colegio sin la autorización de docentes, Dirección de nivel o Dirección de inglés, durante las clases o actividades educativas.
5) Invadir la privacidad personal de sus compañeros, docentes o personal administrativo en los espacios del Colegio, incluyendo la toma de fotografías o videos, revisar pertenencias ajenas o cualquier otro acto que vulnere la privacidad de los demás.
6) Plagiar trabajos, proyectos, tareas, exámenes u otros materiales académicos.
7) Introducir sin autorización artefactos o dispositivos electrónicos (audio, video, juegos, etc.), objetos de valor u otros materiales ajenos a las actividades escolares, salvo que tengan un propósito educativo y cuenten con la autorización de Dirección de nivel o Dirección de inglés.
8) Portar, utilizar o comercializar cualquier tipo de armas, sean de fuego, blancas o punzocortantes, así como gases de cualquier tipo, bastones eléctricos, explosivos, municiones u otros similares.
9) Portar, utilizar o comercializar material pornográfico en cualquier medio o soporte, así como material de contenido explícitamente violento relacionado con personas o animales.
10) Colocar candados, seguros personales u otros medios de bloqueo en los lockers, aulas, armarios o cualquier otro mueble del Colegio.
11) Participar en riñas y/o peleas con compañeros del Colegio o cualquier otro miembro de la comunidad escolar.
12) Portar y/o hacer uso de teléfonos celulares dentro del Colegio durante el horario escolar.
13) Usar prendas y/o accesorios ajenos al uniforme escolar, salvo causas justificadas y autorizadas por Dirección de nivel o Dirección de inglés.
14) Usar el nombre del Colegio para cualquier fin personal o en beneficio de terceros sin contar con autorización de la Dirección General.
15) Promover rifas, colectas, ventas o cualquier actividad comercial dentro del Colegio sin contar con autorización de la Dirección General.
16) Celebrar cumpleaños u otro tipo de festejos personales dentro del Colegio sin contar con autorización expresa de Dirección de nivel o Dirección de inglés.
17) Portar, consumir o distribuir al interior del Colegio bebidas alcohólicas, drogas, fármacos o cualquier otro tipo de sustancias ilícitas o facilitadas con liberación controlada sin contar con prescripción y/o receta médica para tal efecto.
ARTÍCULO 11°. (PROTOCOLO DISCIPLINARIO).
Para atender situaciones, hechos o circunstancias que vulneren la convivencia escolar y el incumplimiento del presente Reglamento en cualquiera de sus partes, se implementará el “Protocolo de atención a situaciones contrarias a las normas generales de convivencia escolar”.
Dicho procedimiento, garantiza la atención justa, oportuna y adecuada a las situaciones que dificultan la convivencia escolar entre los estudiantes y la imposición de las medidas o sanciones respectivas.
ARTÍCULO 12°. (LICENCIAS).
I. El Colegio otorgará licencias de ausencia a los estudiantes que las soliciten por razones debidamente justificadas, cumpliendo los procedimientos establecidos en el presente Reglamento.
II. Las solicitudes de licencia deberán ser realizadas necesariamente por los padres de familia y/o apoderados legales.
III. Todas las solicitudes de licencias deberán realizarse con la debida antelación para que el Colegio pueda revisar y procesar las mismas, e informar oportunamente a los docentes de los estudiantes.
IV. El derecho de licencia se rige por los siguientes parámetros:
1) Licencias de corta duración, que comprenden de 1 a 3 días hábiles de ausencia justificada.
2) Licencias de mediana duración, que comprenden de 4 a 10 días hábiles de ausencia justificada.
3) Licencias de larga duración, que comprenden de 11 a 20 días hábiles de ausencia justificada.
4) Licencias extraordinarias, que comprenden más de 20 días hábiles de ausencia justificada.
ARTÍCULO 13°. (LICENCIAS DE CORTA DURACIÓN).
I. Las licencias de corta duración podrán ser solicitadas a través del sistema académico del Colegio. Su autorización será considerada según la cantidad de licencias requeridas hasta la fecha de la solicitud, cuidando sobre todo que la cantidad de ausencias no afecte negativamente el rendimiento académico del estudiante. Las respuestas a estas solicitudes serán autorizadas a través del mismo sistema académico.
II. Durante la ausencia autorizada, será responsabilidad plena de los padres de familia y/o apoderados legales asegurarse de que el estudiante esté al tanto y al día en los contenidos avanzados en clase.
III. Los exámenes, pruebas, trabajos y otras actividades académicas que coincidan con los días de ausencia autorizada serán reprogramadas por los docentes del estudiante, en función de los plazos establecidos en el calendario académico del Colegio.
ARTÍCULO 14°. (LICENCIAS DE MEDIANA DURACIÓN).
I. Las licencias de mediana duración podrán ser solicitadas a través de nota escrita dirigida a la Dirección de nivel correspondiente. Su autorización será considerada según la cantidad de licencias requeridas hasta la fecha de la solicitud, cuidando que la cantidad de ausencias no afecte negativamente el rendimiento académico del estudiante. Las respuestas a estas solicitudes serán autorizadas o rechazadas de manera escrita.
II. Durante la ausencia autorizada, será responsabilidad plena de los padres de familia y/o apoderados legales asegurarse de que el estudiante esté al tanto y al día en los contenidos avanzados en clase y de tomar las medidas necesarias para que el estudiante se nivele una vez se reincorpore a las actividades escolares.
III. Los exámenes, pruebas, trabajos y otras actividades académicas que coincidan con los días de ausencia autorizada serán reprogramadas por los docentes del estudiante en función de los plazos establecidos en el calendario académico del Colegio.
ARTÍCULO 15°. (LICENCIAS DE LARGA DURACIÓN).
I. Las licencias de larga duración podrán ser solicitadas a través de una nota escrita dirigida a la Dirección General. Su autorización será considerada según la cantidad de licencias requeridas hasta la fecha de la solicitud, y se evaluará cuidadosamente para asegurar que la cantidad de ausencias no afecte negativamente el rendimiento académico de los estudiantes. Las respuestas a estas solicitudes serán autorizadas o rechazadas de manera escrita.
II. Durante la ausencia autorizada, será responsabilidad plena de los padres de familia y/o apoderados legales asegurarse de que el estudiante esté al tanto y al día en los contenidos avanzados en clase y de tomar las medidas necesarias para que el estudiante se ponga al día en todas las actividades escolares.
III. Durante las licencias de larga duración, los exámenes, pruebas, trabajos y otras actividades académicas que coincidan con los días de ausencia no serán reprogramados. En su lugar, los docentes determinarán otras estrategias de evaluación adecuadas para medir el rendimiento y progreso del estudiante, en función de los plazos programados en el calendario académico del Colegio.
ARTÍCULO 16°. (LICENCIAS EXTRAORDINARIAS).
I. Las licencias extraordinarias podrán ser solicitadas a través de una nota escrita dirigida a la Dirección General. Su autorización será evaluará cuidadosamente con la Dirección de nivel correspondiente y la Dirección de inglés, tomando en cuenta la cantidad de licencias requeridas hasta la fecha de la solicitud y el promedio de aprovechamiento del estudiante. Las respuestas a estas solicitudes serán autorizadas o rechazadas de manera escrita.
II. Para justificar la solicitud de una licencia extraordinaria, será necesario que los padres de familia y/o apoderados legales presenten los respaldos adecuados, tales como certificados médicos, cartas oficiales u otros documentos relevantes que justifiquen la necesidad de la ausencia.
III. Durante la ausencia autorizada, será responsabilidad absoluta de los padres de familia y/o apoderados legales asegurarse de que el estudiante esté al tanto y al día en los contenidos avanzados en clase, y tomar las medidas necesarias para que el estudiante se ponga al día en todas las actividades escolares.
IV. Durante las licencias de larga duración, los exámenes, pruebas, trabajos y otras actividades académicas que coincidan con los días de ausencia no serán reprogramadas. En su lugar, los docentes determinarán otras estrategias de evaluación adecuadas para medir el rendimiento y progreso del estudiante, en función de los plazos programados en el calendario académico del Colegio.
ARTÍCULO 17°. (RETRASOS AL INGRESO).
I. Es responsabilidad de los padres de familia y/o apoderados legales garantizar que los estudiantes lleguen puntualmente al Colegio en los horarios establecidos para el ingreso, evitando cualquier retraso que afecte el normal desarrollo de las actividades académicas.
II. Los estudiantes que lleguen luego de la hora de ingreso establecida por el Colegio, deberán aguardar durante diez (10) minutos en el lobby, para luego dirigirse a sus cursos.
III. Los estudiantes que lleguen luego de los diez (10) minutos de la hora de ingreso establecida por el Colegio, deberán dirigirse a la sala de disciplina hasta el inicio del siguiente periodo. Durante este tiempo, se les asignarán actividades formativas bajo la supervisión del Responsable de disciplina.
IV. Los retrasos injustificados harán que los estudiantes pierdan el derecho a participar en las evaluaciones o actividades que se estén desarrollando en clase al momento de su llegada, sin posibilidad de recuperación posterior, salvo justificación válida y aceptada por Dirección de nivel o Dirección de Inglés.
ARTÍCULO 18°. (INCUMPLIMIENTO DE REPORTE DE AUSENCIAS Y RETRASOS).
I. En caso de detectarse retrasos o faltas recurrentes del estudiante, se convocará a los padres de familia y/o tutores legales para informarles sobre la situación y para formalizar compromisos de puntualidad. Si tras esta intervención no se observara un cambio en la conducta, se notificará a la Dirección Distrital y a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia para que tomen las medidas pertinentes según la normativa vigente.
II. La inasistencia deliberada y organizada de estudiantes, sea individual o en grupo, será sancionada según las normas internas del Colegio.
ARTÍCULO 19°. (DOTACIÓN, CUIDADO Y RESPONSABILIDAD EN EL USO DE LOCKERS).
I. Al inicio de cada gestión escolar, el Colegio asignará a cada estudiante un locker para el almacenamiento de su material escolar. La asignación de lockers se realizará de manera organizada, asegurando que cada estudiante cuente con un espacio adecuado para sus necesidades durante el año académico.
II. Los estudiantes serán responsables del cuidado y mantenimiento de su locker durante el año escolar, considerando los siguientes lineamientos mínimos:
1) Utilizar el locker exclusivamente para almacenar materiales escolares, evitando la acumulación de objetos innecesarios, peligrosos o alimentos.
2) Mantener el interior del locker limpio y ordenado, evitando hacer uso de materiales adhesivos, marcas o pinturas que puedan dañarlo.
3) Utilizar el locker exclusivamente para almacenar objetos relacionados con las actividades escolares, evitando guardar bienes de valor ajenos al proceso educativo, sustancias prohibidas o cualquier elemento contrario a las normativas del Colegio.
III. Al finalizar el año escolar, los estudiantes deberán entregar el locker en las mismas condiciones en las que lo recibieron, salvo el desgaste normal por uso. Cualquier daño o pérdida deberá ser reportado inmediatamente a la Dirección del nivel correspondiente.
IV. En caso de daño al locker que no sea atribuible al uso normal, los padres de familia y/o apoderados legales del estudiante serán responsables de los costos de reparación o reemplazo.
V. Los lockers serán inspeccionados periódicamente por los Responsables de disciplina y Direcciones de nivel para garantizar su uso adecuado. De acuerdo con lo establecido en el presente Reglamento, está prohibido utilizar candados, seguros personales u otros medios de bloqueo en los lockers.
ARTÍCULO 20°. (UNIFORME ESCOLAR).
I. El uniforme escolar es un símbolo de identidad institucional y de disciplina académica en el Colegio.
II. Su uso, autorizado por los padres de familia y/o apoderados legales a través de la firma del Contrato de prestación de servicios educativos u otro instrumento implementado por el Colegio para tal efecto, es obligatorio y deberá cumplir con las especificaciones establecidas en cuanto a diseño, colores, materiales y distintivos.
III. El Colegio es legítimo propietario de los derechos de propiedad industrial sobre sus logotipos, isotipos, imagotipos, isologos u otros, por lo que, será el único facultado para conferir a terceros los derechos de uso sobre los mismos.
IV. El uso del uniforme tiene como propósito contribuir a la seguridad y al bienestar de los estudiantes, al convertirlo en un recurso que previene diferenciaciones y prácticas discriminatorias entre pares. Al promover la igualdad y minimizar las distracciones relacionadas con la vestimenta, se crea un entorno enfocado en el aprendizaje y en el desarrollo académico.
ARTÍCULO 21°. (CÓDIGO DE VESTIMENTA PARA EVENTOS NO FORMALES).
I. En eventos no formales o extracurriculares organizados por el Colegio, los estudiantes deberán presentarse con una vestimenta adecuada que refleje los valores y el respeto por la identidad institucional. La vestimenta deberá ser modesta, cómoda y adecuada para el tipo de actividad, evitando prendas que puedan considerarse inapropiadas o que no estén alineadas con el espíritu del evento.
II. En los días especiales donde no se requiere el uso del uniforme escolar, los estudiantes deberán cumplir con el código de vestimenta establecido para tales ocasiones. Esto incluye la prohibición de ropa con mensajes ofensivos, gráficos inapropiados o estilos que puedan perturbar el ambiente educativo.
III. Durante las salidas a otros espacios o ambientes fuera del Colegio, los estudiantes deben seguir las directrices de vestimenta establecidas por Dirección de nivel o Dirección de inglés,asegurando que la vestimenta sea práctica, segura y adecuada para la actividad prevista.
En caso de incumplimiento del código de vestimenta, la Dirección de Nivel o la Dirección de Inglés se comunicarán con los padres de familia y/o apoderados legales de los estudiantes que infrinjan esta normativa, solicitando que se envíe la vestimenta apropiada al Colegio para cumplir con las disposiciones institucionales.
ARTÍCULO 22°. (RECONOCIMIENTOS).
I. El Colegio establece un sistema de reconocimientos que busca destacar y celebrar los logros y esfuerzos de sus estudiantes en diversas áreas del aprendizaje y desarrollo de destrezas en cada año de escolaridad.
II. Este sistema no solo promueve la excelencia académica y el desarrollo de talentos, sino que también refuerza la práctica de los valores fundamentales del Colegio, fomentando un ambiente de motivación, respeto mutuo y crecimiento personal.
III. A través de los reconocimientos, que se conferirán a la conclusión de cada gestión escolar,se pretende inspirar a los estudiantes a alcanzar su máximo potencial y a contribuir positivamente a la comunidad escolar.
IV. Los aspectos considerados para la entrega de reconocimientos son:
1) Desempeño Académico. Se reconocerá a los estudiantes que demuestren excelencia en su rendimiento académico, basándose en su promedio general, su desempeño a lo largo del año y la evaluación cualitativa de los docentes.
Los reconocimientos serán:
a) Diploma de Excelencia: conferido al estudiante con el promedio más alto.
b) Diploma de Honor: conferido al estudiante con el segundo promedio más alto.
c) Diploma de Mérito Académico: conferido al estudiante con el tercer mejor promedio.
d) Diploma “Cambridge English Excellence Award”: conferido a los tres estudiantes con el mejor desempeño académico en las áreas propias del Programa de estudio Cambridge.
2) Práctica de valores. Se reconocerá a aquellos estudiantes que encarnen los valores fundamentales del Colegio, tales como el respeto, la honestidad y el don de sí.
Los reconocimientos serán:
a) Diploma al compañerismo: conferido al estudiante elegido por sus compañeros por su solidaridad y empatía.
b) Diploma estudiante con mejor conducta: conferido al estudiante con el mejor registro de conducta.
3) Desarrollo de habilidades y destrezas. Se reconocerá a aquellos estudiantes que desarrollen notablemente habilidades y destrezas a través de los sistemas de evaluación empleados por el Colegio.
El reconocimiento será:
a) Diploma al estudiante con mejor promedio: conferido al estudiante con mejor promedio en el desarrollo de destrezas a través de pruebas externas (Progrentis,CollegeBoard).
4) Talentos especiales. Se reconocerá a los estudiantes que demuestren habilidades excepcionales en áreas artísticas, deportivas o cualquier otra disciplina que destaque talentos particulares.
Los premios serán:
a) Diploma de Excelencia en el arte: conferido a los estudiantes que se destaquen en disciplinas artísticas.
b) Diploma de Excelencia deportiva: conferido a los estudiantes que se destaquen en disciplinas deportivas.
5) Participación en eventos externos. Se reconocerá a los estudiantes que obtengan méritos destacados en competencias o eventos académicos, deportivos, artísticos o culturales organizados por instituciones externas, en los cuales hayan participado en representación del Colegio.
Los reconocimientos serán:
a) Reconocimiento a la representación destacada del Colegio: Por los logros en competencias y eventos externos.
ARTÍCULO 23°. (ESQUELAS INFORMATIVAS).
I. El Colegio mantendrá informados regularmente a los padres de familia y/o apoderados legales sobre el comportamiento de sus hijos mediante la emisión de esquelas informativas basadas en rúbricas de desempeño.
II. A través de estas esquelas, los docentes reconocerán y felicitarán las buenas conductas de los estudiantes, o, en caso contrario, solicitarán el apoyo de la familia para orientar y corregir aquellas conductas que requieran intervención.
III. Los tipos de esquelas que se utilizarán serán:
1) Esquelas de Reconocimiento. Se emitirán para destacar y reconocer las buenas conductas o las formas adecuadas de proceder de los estudiantes. Estas esquelas buscan reforzar comportamientos positivos y motivar a los estudiantes a continuar actuando conforme a los valores del Colegio.
Las rúbricas serán:
a) Su rendimiento escolar es satisfactorio.
b) Demuestra honestidad y nobleza en sus actos.
c) Se destaca por un excelente comportamiento en clases.
d) Realiza las actividades de clase de manera sobresaliente.
e) Tiene sus materiales ordenados y trabajados prolijamente.
f) Cumple con sus deberes en el aula de forma responsable.
g) Se esfuerza permanentemente por mejorar su rendimiento escolar.
h) Se destaca por ser perseverante, esforzado y con espíritu de superación.
i) Se destaca por ser creativo en el desarrollo y/o ejecución de proyectos escolares.
j) Se distingue por su constancia y puntualidad en la asistencia a clases.
k) Demuestra liderazgo en actividades del curso y del Colegio.
l) Demuestra una excelente capacidad para trabajar en equipo.
m) Respeta las opiniones de los demás y contribuye positivamente a los objetivos grupales.
n) Se distingue por su actitud colaborativa y disposición para apoyar a sus compañeros.
2) Esquelas de Orientación. Se emitirán para señalar actos de indisciplina o formas inadecuadas de proceder de los estudiantes. Estas esquelas tienen como objetivo orientar y corregir el comportamiento, brindando a los padres de familia y/o apoderados legales la información necesaria para apoyar a sus hijos en su desarrollo personal y académico.
Las rubricas serán:
a) Llega tarde al Colegio con bastante frecuencia.
b) Falta al Colegio frecuentemente con o sin justificación.
c) Descuida frecuentemente su higiene personal.
d) Se hace llamar la atención frecuentemente en la clase.
e) Ingresa tarde al curso con bastante frecuencia, luego de los momentos de descanso.
f) Su comportamiento dificulta el desarrollo normal de la clase.
g) No dispone del material escolar necesario para el desarrollo de las actividades en clase.
h) Utiliza los materiales y/o cosas personales de sus compañeros sin autorización.
i) Tiene dificultad en controlar sus reacciones delante sus compañeros y/o docentes.
j) Fue irrespetuoso con su(s) compañero(s).
k) Fue irrespetuoso con su(s) docente(s).
l) Se hizo retirar de la clase luego de haber recibido dos llamadas de atención.
m) Trajo al Colegio objetos que no son adecuados para el ambiente escolar.
n) Trajo al Colegio su teléfono celular, reloj inteligente, u otros dispositivos.
o) Causó deterioro en la infraestructura o equipamiento del Colegio.
p) Optó por no ingresar a la clase y se refugió en otro espacio dentro del Colegio.
ARTÍCULO 24°. (POLÍTICA DE PROTECCIÓN Y PRIVACIDAD DE DATOS).
I. El Colegio se compromete a proteger la privacidad de los datos personales de sus estudiantes. La recolección, almacenamiento y uso de esta información se realizará conforme a la legislación vigente y con el único propósito de garantizar el adecuado funcionamiento de los servicios educativos y administrativos del Colegio.
II. Las imágenes y videos en los que aparezcan estudiantes, ya sea en actividades académicas, extracurriculares o eventos organizados por el Colegio, solo podrán ser utilizados con fines educativos, promocionales o de comunicación interna. La distribución de estas imágenes fuera del ámbito escolar requerirá autorización previa por escrito de los padres de familia y/o apoderados legales.
III. Todos los datos personales y académicos de los estudiantes serán tratados con la máxima confidencialidad. El acceso a esta información estará restringido al personal autorizado del Colegio, y su divulgación a terceros solo se permitirá bajo circunstancias legales justificadas o con la autorización expresa de los padres de familia y/o apoderados legales.
IV. En caso de que algún padre de familia y/o apoderado legal no esté de acuerdo con el uso de la imagen de su hijo en actos o actividades de promoción y difusión del Colegio, deberá comunicar dicha situación por escrito a la Dirección de Nivel correspondiente al inicio de la gestión escolar, para que se respeten sus derechos.
V. La solicitud de grabaciones del sistema de cámaras de videovigilancia será entregada únicamente mediante oficio de juez o competente, requerimiento fiscal o requerimiento de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia.
ARTÍCULO 25°. (NORMAS DE SALUD Y SEGURIDAD).
I. Los estudiantes deberán cumplir con las normas de salud establecidas para asegurar un ambiente escolar seguro y saludable. Esto incluye mantener una higiene personal adecuada y que sus padres y/o apoderados reporten de inmediato cualquier síntoma de enfermedad contagiosa y seguir las instrucciones de las autoridades del Colegio en casos de brotes o situaciones de salud pública.
II. Los estudiantes deberán hacer un uso adecuado y responsable de la enfermería del Colegio, incluyendo el botiquín de primeros auxilios y las áreas designadas para su atención. Cualquier incidente o necesidad de atención en primeros auxilios deberá ser reportada inmediatamente a un docente o al personal autorizado.
III. En caso de presentar síntomas de una enfermedad contagiosa, los estudiantes tienen la responsabilidad de informar a sus padres y/o apoderados, quienes deberán notificar al Colegio de inmediato. El estudiante deberá permanecer en casa hasta que un profesional médico autorice su regreso para evitar la propagación de la enfermedad entre sus compañeros.
IV. Los estudiantes deberán participar activamente en los simulacros de emergencia organizados por el Colegio, siguiendo las instrucciones de los docentes y del personal de seguridad. Estos simulacros están diseñados para preparar a la comunidad escolar ante situaciones de riesgo y asegurar una respuesta rápida y ordenada en caso de una emergencia real.
V. Los estudiantes deberán portar y hacer uso correcto de los equipos de seguridad exigidos para actividades o espacios específicos, tales como laboratorios, gimnasios u otros asignados. El mal uso o la negligencia en el uso de estos equipos será considerado falta grave y se abordará conforme al Protocolo de atención a situaciones contrarias a las normas generales de convivencia escolar.
ARTÍCULO 26°. (MEDICACIÓN DE ESTUDIANTES).
I. En caso que un estudiante necesite recibir dosis de medicamentos durante los horarios de clases, los padres de familia y/o apoderados legales deberán presentar de forma escrita su solicitud dirigida a la Dirección de nivel correspondiente para su derivación a enfermería del Colegio.
II. La nota deberá contener la siguiente información:
a) receta del medicamento;
b) identificación del medicamento o sustancia;
c) la dosis correspondiente y;
d) los horarios de administración.
III. Esta labor sólo será cumplida por el personal de enfermería del Colegio cuando se trate de medicamentos que se administren por vía oral. Otras formas de suministro del medicamento deberán ser realizadas por personal médico o de enfermería especializados, bajo supervisión de los padres de familia y/o apoderados legales.
IV. No se solicitará información sobre la condición médica del estudiante para proteger su privacidad. No obstante, si se tratara de una condición infectocontagiosa, los padres de familia y/o apoderados legales tendrán la obligación y deber de informar al Colegio, adjuntando un informe firmado y sellado por el médico tratante en el que se haga conocer la necesidad de que el estudiante no asista a clases o que, de hacerlo, no genere riesgo alguno a la salud y la vida propia y de otros miembros de la comunidad escolar, particularmente de otros estudiantes.
ARTÍCULO 27º. (RESPONSABILIDAD SOBRE MATERIALES ESCOLARES).
Los estudiantes del Colegio son responsables de llevar consigo todos los materiales necesarios para su jornada escolar, incluidos libros, cuadernos, instrumentos y cualquier otro recurso requerido para el desarrollo de sus clases y actividades. En caso de que los estudiantes olviden algún material, bajo ninguna circunstancia se permitirá la interrupción de las clases para su entrega. Los materiales depositados en recepción serán entregados exclusivamente durante los momentos de descanso (recreo), de acuerdo con el horario establecido para cada nivel de escolaridad.
ARTÍCULO 28°. (ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD).
I. En caso de que un estudiante requiera una atención especializada por temas relacionados con:
1) dificultades de aprendizaje;
2) discapacidad temporal o permanente;
3) otro tipo de discapacidades;
los padres de familia y/o apoderados legales podrán solicitar la aplicación del “Protocolo de atención a la diversidad” conforme explica su procedimiento y respaldando el caso del estudiante a través de los certificados que se requieran y se estimen convenientes.
II. Una vez cumplidos los requerimientos establecidos en el “Protocolo de atención a la diversidad,” el estudiante será acompañado de manera permanente por el Gabinete Psicopedagógico, quien velará por su desarrollo integral y supervisará la implementación de las estrategias adecuadas para garantizar su inclusión y bienestar en el entorno escolar.
III. El Gabinete Psicopedagógico será responsable de coordinar, evaluar y ajustar las medidas aplicadas, manteniendo una comunicación constante con la familia del estudiante, los docentes y las autoridades escolares para asegurar el cumplimiento efectivo de los objetivos establecidos en el Protocolo.
ARTÍCULO 29°. (ATENCIÓN DEL GABINETE PSICOPEDAGÓGICO).
I. Cuando un estudiante experimente dificultades de aprendizaje de carácter temporal o requiera contención emocional, los padres de familia y/o apoderados legales podrán solicitar el apoyo del Gabinete Psicopedagógico. Este evaluará la situación a través de entrevistas, observaciones y otras herramientas psicopedagógicas con el fin de identificar las necesidades del estudiante.
II. El Gabinete Psicopedagógico, en coordinación con los docentes, ofrecerá a los padres de familia y/o apoderados legales, las estrategias de apoyo que promuevan el desarrollo de las capacidades académicas del estudiante. Las medidas propuestas estarán estrictamente orientadas a superar las dificultades de aprendizaje de carácter temporal.
III. El Gabinete Psicopedagógico brindará apoyo emocional en situaciones que impliquen la necesidad de contención psicológica a corto plazo. La intervención estará enfocada en la estabilización emocional del estudiante, promoviendo su bienestar psicosocial dentro del entorno escolar. En caso de que la situación lo amerite, el estudiante será derivado a un profesional externo especializado para un seguimiento más exhaustivo por intermedio de los padres de familia y/o apoderados legales.
IV. Todas las evaluaciones e intervenciones realizadas por el Gabinete Psicopedagógico estarán debidamente registradas y serán manejadas bajo estricta confidencialidad, conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos y bienestar estudiantil. El seguimiento será continuo, asegurando que las intervenciones propuestas se implementen de manera efectiva.
ARTÍCULO 30°. (ACCESO AL ÁREA DE BIENESTAR ESTUDIANTIL).
I. Cuando un estudiante enfrente situaciones relacionadas con conflictos interpersonales, faltas leves de conducta o requiera orientación en su comportamiento dentro del entorno escolar, podrá solicitar el apoyo del área de Bienestar Estudiantil. Este espacio está diseñado para ofrecer acompañamiento específico, centrado en la mediación y la resolución pacífica de conflictos, promoviendo un entorno de respeto mutuo y convivencia armónica.
II. El área de Bienestar Estudiantil intervendrá cuando un estudiante requiera asistencia para resolver disputas con compañeros u otros miembros de la comunidad escolar. Dichas intervenciones tendrán un enfoque conciliador, priorizando el diálogo y la comprensión entre las partes involucradas.
III. En los casos en que el estudiante presente problemas recurrentes de disciplina, el área de Bienestar Estudiantil, en coordinación con las Direcciones de Niveles y el Gabinete Psicopedagógico, establecerá un plan de seguimiento y mejora conductual. Este plan podrá incluir compromisos específicos con los padres de familia y/o apoderados legales, y se llevará a cabo un monitoreo continuo del progreso del estudiante.
IV. Las intervenciones del área de Bienestar Estudiantil tendrán un enfoque preventivo, fomentando habilidades socioemocionales como el autocontrol, la empatía y el respeto hacia los demás, contribuyendo así al desarrollo integral del estudiante. Las actividades diseñadas para este propósito incluirán talleres y/o sesiones individuales y/o dinámicas grupales, con el objetivo de fortalecer la convivencia pacífica y el bienestar de la comunidad escolar.
V. Todas las intervenciones llevadas a cabo por el área de Bienestar Estudiantil serán debidamente registradas en los expedientes de los estudiantes, garantizando la confidencialidad de la información. Esta documentación se utilizará exclusivamente para mejorar el bienestar y el rendimiento académico del estudiante dentro del establecimiento.
ARTÍCULO 31°. (USO DE ARTÍCULOS DE VALOR).
I. Ningún estudiante podrá ingresar al Colegio dinero en cantidades inusuales para un menor de edad u objetos de valor tales como joyas (collares, anillos, aretes, pulseras, brazaletes), relojes, piedras preciosas o semipreciosas u otros bienes costosos, debido a que no existe motivo para portar los mismos en un establecimiento educativo.
II. La pérdida del dinero o de dichos objetos será de entera responsabilidad de quién los haya ingresado al Colegio, liberando de toda responsabilidad a la institución sobre la base de la prohibición expresa señalada en el artículo 10° del presente Reglamento.
ARTÍCULO 32°. (CAMPAÑAS SOLIDARIAS).
Cualquier campaña de solidaridad u obra social que deseen emprender los estudiantes acompañados de sus docentes, padres de familia y/o apoderados legales, deberán contar con autorización expresa de Dirección General.
ARTÍCULO 33°. (COMERCIALIZACIÓN DE BIENES O SERVICIOS).
I. Queda prohibido a los estudiantes y a cualquier miembro de la comunidad escolar, comercializar cualquier tipo de producto o servicio durante los horarios de clase y en instalaciones del Colegio.
II. En caso de detectarse esta situación, se retendrán temporalmente los bienes, los cuales serán entregados a los padres de familia y/o apoderados legales a la conclusión de la jornada escolar.
III. Si los bienes comercializados fueran de procedencia irregular o ilegal, se dará parte de inmediato a las autoridades competentes y a los padres de familia y/o apoderados legales.
ARTÍCULO 34°. (FIESTAS).
El Colegio no organiza, auspicia ni promociona eventos festivos de ninguna índole, razón por la cual no se responsabiliza de ninguna forma, por las que a título personal decidiesen organizar los estudiantes, padres de familia y/o apoderados legales, incluso haciendo uso no autorizado de sus derechos de propiedad industrial, nombre, acrónimos u otros relacionados con el Colegio.
ARTÍCULO 35°. (PROHIBICIÓN DE ADUCIR REPRESENTACIÓN DEL COLEGIO).
Ningún estudiante, ni individual o colectivamente, podrá tomar sin autorización expresa de Dirección General, la representación o nombre del Colegio para la organización de celebraciones, fiestas sociales, competencias deportivas u otros eventos. Faltar a este punto, se considera Falta Grave, siendo los padres de familia y/o apoderados legales responsables de las consecuencias emergentes de dichos actos o eventos.
ARTÍCULO 36°. (MEZCLA DE PARALELOS).
I. En concordancia con la política educativa del Colegio que busca promover la integración social y el desarrollo integral de los estudiantes, se implementará la mezcla de paralelos en los grados impares de los niveles Primary and Secondary (P1, P3, P5, S1 y S3). Esta medida tiene como finalidad fortalecer las habilidades sociales, fomentar la inclusión y optimizar el ambiente de convivencia dentro de la comunidad escolar.
II. La mezcla de paralelos se planificará al inicio de cada gestión escolar y se ejecutará con criterios de equidad, garantizando la distribución balanceada de estudiantes y la diversidad en los grupos, todo ello bajo la supervisión de las Direcciones de Nivel correspondientes.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA. (VIGENCIA). El actual COMITÉ DIRECTIVO DEL COLEGIO BRITÁNICO TARIJA, visto el parecer de un representante del DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN EDUCATIVA TARIJA SRL., ratifican y aprueban el presente Reglamento, mismo que será de cumplimiento obligatorio para todos los miembros de la comunidad escolar.
SEGUNDA. (MODIFICACIONES AL REGLAMENTO). Toda modificación al presente Reglamento deberá ser aprobada por el COMITÉ DIRECTIVO DEL COLEGIO BRITÁNICO TARIJA, visto el parecer de un representante del DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN EDUCATIVA TARIJA SRL.
TERCERA. (DIFUSIÓN). El presente Reglamento será socializado a través del sitio web del Colegio y también podrá ser difundido por otros medios y formas de comunicación con losmiembros de la comunidad escolar.
Es dado a los treinta y uno días del mes de octubre de dos mil veinticuatro, en la ciudad de Tarija.
Regístrese, difúndase y cúmplase.